Reforma Integral para Fortalecer la Obra Social del Estado

09/07/2025NuevaHoraMagazineNuevaHoraMagazine
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La Legislatura provincial ha aprobado una reforma significativa a la Ley Provincial N°1071, que regula la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF). El objetivo principal de esta reforma es garantizar la sostenibilidad financiera del organismo, mejorar la calidad de las prestaciones y ampliar la cobertura de salud para trabajadores estatales, jubilados y sus familias.

Esta nueva ley, fruto de un amplio diálogo entre distintos sectores sobre la iniciativa del Ejecutivo provincial, busca asegurar el acceso equitativo a la salud, optimizar los recursos disponibles y atender enfermedades de alto costo. El proyecto, titulado “Sostenibilidad y Fortalecimiento de la Obra Social del Estado Fueguino”, introduce cambios estructurales en la organización, funcionamiento y financiamiento de la OSEF. También se crearán fondos específicos para saldar deudas acumuladas y financiar tratamientos de enfermedades complejas, como fibrosis quística, esclerosis múltiple y trasplantes.

Con esta reforma, el Gobierno fueguino pretende aumentar la eficiencia, cobertura y sustentabilidad del sistema de salud para sus trabajadores, mejorando el acceso a atención médica y medicamentos en un contexto económico adverso.

Principales modificaciones aprobadas:

  1. Reorganización institucional

    • Se reafirma el carácter autárquico y descentralizado de la OSEF, estableciendo su sede legal en Ushuaia, con la opción de ubicar su sede central en cualquier ciudad de la provincia.
  2. Ampliación del padrón de afiliados

    • Se redefine el universo de afiliados, incluyendo a funcionarios, empleados públicos, jubilados con al menos 20 años de aportes y sus familias bajo ciertas condiciones. Se añaden nuevos beneficios para trabajadores estacionales, personas en licencia sin goce de haberes y familiares de trabajadores fallecidos.
  3. Fortalecimiento de la cobertura médica

    • Al menos el 90% de los recursos brutos de la OSEF deberán destinarse a prestaciones médicas, farmacéuticas, odontológicas y ópticas, ya sea directamente o a través de terceros.
  4. Adquisición y distribución de medicamentos

    • Se establece un procedimiento especial para el acceso a medicamentos, priorizando el tratamiento de pacientes con enfermedades complejas y patologías crónicas, promoviendo el uso de farmacias propias de la obra social.

Para abordar la deuda existente, se creará un fondo específico financiado con aportes de empresas de servicios de salud con altas facturaciones y, de forma temporal, con excedentes financieros de la Dirección Provincial de Puertos. También se establecerá un nuevo fondo para tratamientos y medicamentos de alto costo, financiado con hasta el 90% de lo recaudado por el Fondo de Financiamiento del Sistema Previsional, sujeto a auditorías estrictas.

Además, se creará un Área de Seguimiento de Calidad y Eficiencia de las Prestaciones, encargada de monitorear, evaluar y proponer mejoras en la atención. Se reforzarán los sistemas de auditoría médica y farmacéutica, y se implementará un nuevo régimen de rendición de cuentas para garantizar un uso adecuado de los recursos.

Finalmente, se limitará la designación de personal político en la OSEF a un máximo del 20% de las vacantes disponibles y se instruirá al Directorio a priorizar la cobertura en la ciudad de Tolhuin.

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