La Provincia actualizó la Ley 1004 para cobrar prestaciones de salud a obras sociales y prepagas

A solicitud del Ministerio de Salud de Tierra del Fuego, la Legislatura de Tierra del Fuego reformó la Ley Provincial N.º 1004, una herramienta clave para mejorar el recupero de los costos de las prestaciones que el sistema público de salud brinda a obras sociales, prepagas y entidades de cobertura médica.

21/12/2025NuevaHoraMagazineNuevaHoraMagazine
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La normativa alcanza a los denominados terceros financiadores, es decir, todas aquellas obras sociales, empresas de medicina prepaga y seguros de salud que deben hacerse cargo del costo de la atención de sus afiliados cuando estos son asistidos en hospitales y otras instituciones del sistema público provincial.

Desde el Ministerio de Salud remarcaron que la atención sanitaria continuará garantizada para toda la población, independientemente del tipo de cobertura. La actualización de la ley tiene como objetivo que el Estado provincial no absorba costos que corresponden a prestadores privados, protegiendo así los recursos públicos.

“Con esta actualización normativa, los terceros financiadores pasan a tener obligaciones claras y plazos definidos, y el sistema de salud provincial cuenta con herramientas concretas para recuperar los costos de las prestaciones”, señalaron desde la cartera sanitaria.

Una ley que necesitaba actualización

La Ley 1004 fue sancionada en 2014, en un contexto sanitario muy distinto al actual. Con el paso del tiempo y su aplicación sostenida, se generaron trabas burocráticas, deudas acumuladas y pagos demorados durante años, sin reconocimiento de intereses ni mecanismos ágiles de cobro.

Entre las principales dificultades detectadas se encontraban:

  • Deudas acumuladas sin actualización.

  • Pagos atrasados por períodos prolongados.

  • Falta de reconocimiento de intereses.

  • Procesos administrativos lentos e ineficientes.

La reforma apunta a agilizar y simplificar los procedimientos administrativos de recupero, dotando al sistema de salud de herramientas más eficaces para garantizar el cobro de las prestaciones brindadas.

Reglas claras para los terceros financiadores

Con la modificación de la Ley 1004, la Provincia establece que toda prestación brindada a un afiliado de una obra social o prepaga será facturada, exista o no un convenio previo. Además, la normativa:

  • Ordena los plazos de pago.

  • Prevé instancias administrativas ante incumplimientos.

  • Contempla mecanismos para regularizar deudas.

  • Habilita el avance de acciones legales cuando corresponda.

Desde el Gobierno provincial destacaron que esta actualización fortalece el sistema público de salud, garantiza mayor equidad en el financiamiento y contribuye a la sustentabilidad del servicio sanitario en beneficio de toda la comunidad.

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